"...este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SE HOMOLOGA el desistimiento de la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL formulado por el abogado PEDRO JOSE LEBRUM, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 85.747, en su carácter de apoderado judicial de la parte presuntamente agraviada,..."