Vista la inhibición planteada en fecha 30-01-2020 por el ciudadano FREDDY J. DORANTE GOMEZ, en su carácter de Alguacil Titular del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de los Municipios Turen, Santa Rosalía y Esteller de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, alegando que se encuentra incurso en la causal establecida en el artículo 82, ordinal 1°, del Código de Procedimiento Civil, por cuanto le une parentesco de consanguinidad por ser la solicitante, MARIA TERESA GOMEZ TOVAR, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.081.259, tía del prenombrado, en la presente solicitud de DIVORCIO 185-A; dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil que dispone "El funcionario judicial que conozca que en su propia persona existe alguna causal de recusación, esta obligado a declararla sin aguardar a que se le recuse..." este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y .....