DISPOSITIVA
Por las razones anteriores, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de hecho propuesto por el abogado HUGO DOMINGUEZ LANDA, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ARQUIMEDES JOSE BELIZ contra el auto de fecha 08 de diciembre de 2020, dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, a través del cual se negó el recurso de apelación interpuesto por dicha representación judicial. SEGUNDO: Se niega la nulidad de la decisión de fecha 18 de noviembre de 2020 y la reposición de la causa al estado de dictar nueva decisión sobre la oposición de la medida, al resultar improcedente a través del presente recurso de hecho. .....