Concluye entonces esta sentenciadora, que los hechos invocados por la interesada; así como consta en autos el Acta de Matrimonio Nº 236, que fue presentada por ella, para demostrar sus alegatos, así como también habiendo quedado debidamente notificado el ciudadano Gonzalo Patricio Ruiz Musso, titular de la cédula de la cédula de identidad chilena N° de cédula de identidad Chilena 518.300.706, y habiendo contradicción a lo manifestado por la parte solicitante, aún así procede el presente divorcio por cuanto basta con la sola manifestación de voluntad de uno de los cónyuge de querer divorciar y en este sentido considera quien aquí decide que encuadra perfectamente en lo sostenido de conformidad con lo dispuesto en las Sentencias Nros. 1070, Expediente Nº 16-0916, de fecha 09/12/2016, con ponencia del Magistrado: Juan José Mendoza Jover, de la Sala Constitucional y 136, Expediente 2016-000479 de Fecha 30/03/2017, de la Sala De Casación Civil, Magistrado Ponente Guillerm.....