ACUERDA MEDIDAS DE PROTECCION A LA VICTIMA necesarias para los ciudadanos: Rosa Elena Alvarado Vizcaya, titular de la cédula de identidad N° 7.385.123, Elio Alvarado Vizcaya, titular de la cédula de identidad N°7.385.122, y Cesar Enrique Vizcaya, titular de la cédula de identidad N°10.843.449, mayores de edad y residenciados en la Calle 37 entre Carreras 8 y 9, Sector San Juan, a un a cuadra de la Escuela San Antonio, Barquisimeto, Estado Lara, y a sus familiares; por el lapso de tres meses, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal.