Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 29 de Enero del presente año, por el Tribunal Segundo de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a Juan Bautista Moreno Real, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 5.869.359, nacido en fecha: 24-06-1.955, de 54 años de edad, de profesión u oficio Indefinida, hijo de Luisa Moreno y Raimundo Lugo y domiciliado en: En el Morro de Puerto Santo, Calle Olivito casa S/N, casi a la orilla de la playa, municipio Arismendi del estado Sucre, a cumplir la pena de cuatro (4) años de prisión, más las accesorias.....