Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos Alejandro Narváez y Leidy Aiello contra el Centro Clínico Casanova C.A. por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, en consecuencia, se ordena a esta última a pagar a los accionantes las cantidades y conceptos que se discriminan en la parte motiva del fallo. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay expresa condenatoria en costas.