Para decidir, este Tribunal observa que la presente causa se circunscribe a dilucidar lo siguiente: i) Si la Administración Tributaria con la emisión del acto recurrido violó el principio constitucional de igualdad de las partes, ii) Si el acto recurrido se encuentra viciado de nulidad absoluta, por incompetencia del funcionario que realizó la fiscalización, así como del funcionario que dictó la Resolución Culminatoria del sumario, iii) Si la Administración Tributaria incurrió en el vicio de falso supuesto al considerar que las mercancías importadas fueron sometidas a un proceso de salado y fritura; y al aplicar un código arancelario distinto al correspondiente a dichas mercancías.