Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 2, 43, 83 y 272 de la Constitución República Bolivariana de Venezuela, dictó la siguientes resolución: Se ORDENO la práctica de Evaluación Médico Forense Urgente, a los fines de tener un diagnóstico vinculante para este tribunal pronunciarse sobre las solicitudes de la defensa y la representación fiscal, relativo a la medida Humanitaria. En el mismo orden, ante el diagnóstico evidenciado, MANTENER provisionalmente al penado JOSE ADELIS CRESPO CRESPO, titular de la Cédula de Identidad Nro. 2.533.739, en su núcleo familiar bajo la supervisión y responsabilidad de su hija DAYANA DEL CARMEN SUÁREZ, titular de la Cédula de Identidad No 16.322.542, hasta tanto el tribunal analice el caso concreto y se pronuncie sobre la procedencia o no del.....