, Declara Inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Rolando Arturo Márquez Ramos, actuando en representación legal de la empresa Grupo Amazonia C.A, asistido por el abogado José Valderrama, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de noviembre de 2010, por el Tribunal Quinto en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal N° GP01-P-2010-005719, mediante el cual decretó medida cautelar innominada de prohibición de enajenar y gravar bienes inmuebles, de conformidad con lo previsto en los artículos 437 literal “c” y 551 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 601 del Código de Procedimiento Civil.