Se dictó Resolución Interlocutoria N° 064/2011 , mediante la cual se admiten las prueba promovidas por la apoderada judicial de la empresa recurrente. Igualmente, se dejó constancia que con relación a la prueba de informes promovida, se ordenó librar oficio Nº 165/2011, dirigida a la entidad financiera Banco del Caribe, C.A.,