Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en vista de que la mediación ha sido positiva en virtud de lo anteriormente expuesto por las partes, producto del convenio transaccional expresado de mutuo acuerdo, imparte su aprobación y homologación en los términos expuestos por ambas partes, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 255, 257, 258, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, el artículo 1.718 del Código Civil, el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, los artículos 9, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, por lo que en consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA la transacción celebrada por las partes, ciudadana EXTRABAJADORA BELEN FRANCO y LA EMPRESA DEMANDAD.....