PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado AITOB LONGARAY VELASQUEZ, en su carácter de defensor privado del ciudadano EDGAR EDUARDO RODRIGUEZ VARGAS, SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión N° 008-2013, dictada en fecha 30-01-13, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Santa Bárbara del Zulia, mediante la cual declaro SIN LUGAR la solicitud realizada por la defensa del Decaimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, todo de conformidad con lo establecido en los artículo 30 y 55 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y los artículos 230, 236, 237 en su numerales 2, 3 y parágrafo primero y 238 en su numerales, del Código Orgánico Procesal Penal, RATIFICA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad y el MANTENIMIENTO de la Medida en el Retén Policial de San Carlos del Zulia, en la causa seguida en contra del acusado de auto, por la comi.....