éste Tribunal Cuarto en Funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR la solicitud de entrega del vehículo Automotor Marca CHEVROLET, Modelo C-10, Clase CAMIONETA, Tipo PICK UP, Color BLANCO, Placas 722-BAB, formulada por el ciudadano RAUL ANTONIO ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro V- 13.690.089, domiciliado en la población de San Pedro, Estado vargas asistido por el abogado ELEAZAR CABELLO MARCANO, Titular de la Cédula de Identidad Nro V-8.643.942, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 138.592, con domicilio procesal en la Avenida Carúpano, casa N° 411, Caigüiré, Cumaná, Estado Sucre, y en consecuencia se NIEGA su entrega. Notifíquese a las partes.