Revisado como fue el presente asunto y tratándose de un juicio de divorcio, intentado por la ciudadana CELEIVI JOSE CALDERA HERNANDEZ, contra el ciudadano RAFAEL EMIRO GONZALEZ, antes identificados, el cual fue admitido en fecha 23-11-2016, en fecha 12-01-2017 se libro compulsa, en fecha 15-02-2017 el alguacil consignó recibo sin firmar por el demandado alegando que fue imposible localizar al mismo, en fecha 24-02-2017 se libró cartel de citación, en fecha 29-03-2017 la parte actora consigno los carteles de citación publicados, en fecha 24-05-2017 se designo defensor ad-litem, en fecha 21-07-2017, se libro boleta de notificación al defensor, en fecha 09-08-2017 se realizo juramentación del defensor ad-litem, en fecha 05-10-2017, se libró compulsa al defensor, en fecha 13-12-2017 se realizó el PRIMER ACTO CONCILIATORIO y en fecha 05-03-2018 se realizó el SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO, en el cual se emplazó para el acto de contestación, para el quinto día de despacho siguiente, conforme est.....