Este Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la Autoridad que le confiere la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Encuentra CULPABLE al ciudadano: MANUEL ANTONIO INFANTE ampliamente identificado en autos, de la comisión del delito de ROBO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal y se CONDENA a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley contenidas en el artículo 13 eiusdem, a saber:
1.- La interdicción civil durante el tiempo de la pena.
2.- La inhabilitación política durante el tiempo de la condena, y;
3.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, terminada ésta.
SEGUNDO: Se mantiene en fase de juicio la privación judicial del acusado..