Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA, al ciudadano FRANKLIN JOSÉ LUZARDO ARRIAGA, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, de profesión u oficio comerciante, titular de la Cedula de Identidad 15.944.758, fecha nacimiento 10-10-80, de 25 años de edad, concubino, hijo de Beatriz Arriaga y José Antonio Luzardo, residenciado en el barrio San Sebastián, sector la Pomona, detrás de los apartamentos el Pinar, calle 126, casa N° 35-126, del Estado Zulia, de conformidad a lo establecido en el Artículo 44 Ordinal 1° de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y líbrese Oficio al ciudadano Director del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, a los fines de notificarlo de la presente dec.....