....este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte a dicha conciliación, su HOMOLOGACION, conforme a lo establecido en los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. En razón de lo antes expuesto se acuerda: PRIMERO: El ciudadano ENDERSON JAHIR COLMENAREZ SILVA, debe suministrar la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 150,00) quincenales, a partir del 19/03/10, por concepto de Obligación de Manutención, en beneficio de su hijo LUIS ALBERTO COLMENAREZ REA, de diez (10) meses de edad. SEGUNDO: El padre y la madre colaboraran o coadyuvaran en lo que se refiere a los gastos médicos, medicinas, vestidos y otras necesidades que requieran el niño (OMISION DEL NOMBRE CONFORME AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA). TERCERO: El padre se compromete a suministrar la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00), por concepto de bono de fin de año, a los fines de cubrir los gas.....