Por las consideraciones precedentemente explanadas, este Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO, el recurso de apelación ejercido formalizado por la ciudadana ROSA MARGOTT GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 13.467.729. En consecuencia se confirma en todas sus partes el fallo apelado. Remítase el presente expediente al Tribunal antes señalado.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior del Circuito Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, 04 de Mayo de 2011. Años: 201º de la Independencia y 151º de la Federación.