Es por lo que este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la oposición interpuesta por el demandado plenamente identificado en auto; a la medida de Embargo recaída, vehículo Marca: Jeep, Modelo: Comanche, Color: Blanco, Placa: 607-XCL, Serial de Carrocería: 8YFGJ26UXLV, Serial del Motor 6 Cilindros. De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil notifíquese a las partes de la presente decisión.-
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. Yuleima Castillo Oviedo,
LA SECRETARIA,
Abg. Egilda Rojas Sánchez,