Por las razones expuestas, éste Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda (querella), interpuesta por el ciudadano MANUEL ENRIQUE TUA AGUILAR, representado por el abogado GERMÁN GARCÍA LIMONTA, plenamente identificados en la parte motiva del presente fallo, contra el Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior.