Inadmisible in limine litis la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Noel Cordero Sánchez, asistido por los abogados Rafael Hidalgo Solá y Antonieta Reyes Limonta, en contra de la sentencia dictada en fecha 15 de octubre de 2008 por el Tribunal Retasador del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Notifíquese, publíquese, regístrese y cúmplase lo ordenado.