esta SALA 7 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR la recusación planteada por el ciudadano RAMIRO FRANCISCO HELMEYER QUEVEDO, titular de la cédula de identidad Nº 5.217.226, debidamente asistido por el ciudadano CARLOS ARAUJO FERRER, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.169, contra los ciudadanos GERARDO CAMERO HERNANDEZ, ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO y BETTY REYES QUINTERO, en su condición de Jueces de la Sala Octava de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con fundamento en el artículo 86 numerales 7 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, relacionado con la causa signada bajo el Nº 3336-10, nomenclatura de dicho Despacho, contentivo del recurso de apelación interpuesto por las ciudadanas DUSAY DE LA CRUZ DUEÑAS GONZALEZ y.....