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Decisiones del dia 04/06/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2011-001863 N° Sentencia : Fecha: 04/06/2012
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
ALEJANDRA FERMIN ORTIZ Y PAUL MICHEL STEWART RAMIREZ CONTRA L EMPRESA TPM DE VENEZUELA, C.A.,
Resumen:
De todo lo trascrito ut-supra es claro para esta Juzgadora que en todo momento debe la parte promovente aportar copia de las documentales solicitadas en exhibición o en su defecto, suministrar de manera exacta los datos que conozca de las documentales (de lo único que se encuentra relevada la promovente es de aportar la presunción grave a que se refiere la norma del artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo cuando se trata de documentos que el empleador debe tener en su poder por disposición de alguna norma de rango legal), carga que en el caso sub iudice no fue cumplida. Así las cosas, y en atención a lo anteriormente expresado, debe este Juzgado NEGAR la admisión del referido medio probatorio, por ilegal. ASÍ SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Lisbett Bolivar Hernández
Organo:
Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2011-005000 N° Sentencia : Fecha: 04/06/2012
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
RENE GERONIMO HERRERA LIENDO VS. CONTRA LA FEDERACION VENEZOLANA DE TENIS Y FUNECULTEN
Resumen:
No se trata entonces de vaciar de contenido al Principio de In dubio pro defensa, muy por el contrario, la pretensión de dicho principio se satisface plenamente en ausencia de dudas respecto de lo establecido en el artículo 49 numeral 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Tampoco se establece la imposibilidad de confeccionar el medio de prueba a través de preguntas, antes bien, las preguntas que se hicieren a las personas jurídicas, deben supeditarse a los datos contenidos en los documentos, libros, o expedientes en poder de dichas personas a las que refiere el artículo 81 de la ley adjetiva laboral, y no a suposiciones o hechos que hubiere presenciado como si se tratare de una persona natural, lo que lógicamente activaría el derecho de control y contradicción constitucional a través de las re-preguntas que amparan a la contraparte a quien se opone dicha prueba. Así las cosas, este Juzgado observa que dada la forma en que ha sido peticionado el mismo, la m.....
Juez/Ponente:
Lisbett Bolivar Hernández
Organo:
Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo
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