Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario ejercido por los abogados Sylvia E. Chapman de Caballero y Rafael E. Caballero, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.559.512 y 3.157.021 e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 31.405 y 7.577, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la recurrente CLINICA EL AVILA, C.A.", inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy distrito Capital) y Estado Miranda en fecha 17 de diciembre de 1986, bajo el Nº 9, Tomo 81-A-Sgdo; contra la Denegación Tácita del Recurso Jerárquico ejercido contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administr.....