En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MARINO ANTONIO HURTADO MONTES, venezolano, mayor de edad, titular y portador de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.645.899 contra el ciudadano BUNONG LIANG como persona natural.