En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Carta Magna Fundamental de esta Nación, la Ley y el Derecho, DECIDE lo siguiente:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ANA TERESA MARCHAN, titular de la Cédula de Identidad V-13.775.862, contra la entidad de trabajo TASCA LA PRADERA, C.A. y solidariamente el ciudadano ENRÍQUE CASTILLO; condenándose a este litisconsorcio pasivo para que pague a la parte demandante la cantidad de BOLÍVARES ONCE MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS CON VEINTE CÉNTIMOS EXACTOS (Bs. 11.570.572,20), por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, más los intereses moratorios y la indexación o corrección monetaria que liquidará el respectivo Juez de E.....