Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, formulada por el profesional del derecho Merwing Arrieta Mendoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.594, actuando como apoderado judicial de la ciudadana Damaris Carrascal Bermúdez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 23.735.828, representación según consta poder otorgado ante la Notaría Pública Tercera de Maracaibo del estado Zulia, en fecha cinco (05) de junio de dos mil veinticuatro (2024), anotada bajo el Nro. 20, Tomo 20, folios 68 hasta el folio 70 de los libros llevados por esa oficina, del Acta de Nacimiento signada con el Nro. 625 de fecha veintidó.....