En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado 20° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 12 de junio de 2007. Segundo: Se confirma la decisión recurrida, que ordenó la remisión del presente asunto a los Juzgados de Juicio, todo en el juicio incoado por el ciudadano Nelson Cámara contra la Universidad José María Vargas. Tercero: Se condena en costas a la demandada, conforme a lo previsto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.