En razón de las consideraciones de hecho y de derecho que anteceden, actuando este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano, ROMAN SALIRROSAS VILLACORTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.204.886, contra Ciudadana, WILLIANA SOLANGE HUAMAN DE SALIRROSAS, Peruana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.287.564, por DIVORCIO. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ROMAN SALIRROSAS VILLACORTA y WILLIANA SOLANGE HUAMAN DE SALIRROSAS. Y ASI SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.