TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de "UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos: JUAN FRANCISCO LEON MENDOZA y BEATRIZ COROMOTO MIJARES, ut supra identificados, como "UNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES" en su condición de padre y madre respectivamente sobrevivientes del de-cujus, ciudadano: JUAN JOSE LEON MIJARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.332.510, quien falleció ab-intestato, en fecha 17-03-2013, según se desprende de Acta No.: 380, Tomo II, Año 2013, del Registro Civil del Municipio Naguanagua, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solici.....