En consecuencia, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: INCOMPETENTE para conocer y decidir en segunda instancia el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 24 de abril de 2014, por el Juzgado Primero de Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Segundo: Se DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal Superiore Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Tercero: Se ordena remitir con oficio el presente asunto a la Unidad Receptora de Documentos Civil (U.R.D.D.) del Estado Lara, a los fines de su distribución.
Publíquese y regístrese.
Dada firmada y sellada en la sede del Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Ju.....