DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio le la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: se Admite la acusación presentada por el Ministerio Público; de igual manera admite los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público y la calificación Jurídica dada por el Ministerio Público por la comisión del delito de Tráfico Ilícito De Droga En La Modalidad De Ocultamiento previsto en el artículo 149 de la ley Orgánica de Drogas en perjuicio del Estado Venezolano.
SEGUNDO : Vista la Manifestación de voluntad de la adolescente en cuanto a la admisión de los hechos se CONDENA al adolescente SE OMITE SU IDENTIDAD POR RAZONES DE LEY, venezolano, Natural de Guanare Estado Portuguesa, de 16 años de edad, Nacido en fecha: 10-06-1998, Soltero, de profesión: Indefinida, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-26.636.789, H.....