Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA POR FALTA DE INTERÉS DE LA PARTE DEMANDANTE EN DARLE IMPULSO PROCESAL A LA DEMANDA QUE ELLA INCOÓ EN CONTRA DE LA ENTIDAD DE TRABAJO ASOCIACIÓN COOPERATIVA TRANSPORTE Y COMUNICACIONES 2021, R.L., representada por el ciudadano ALEXANDER GONZÁLEZ, y POR ENDE LA EXTINCIÓN DEL PROCESO. ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas a la parte demandante. ASÍ SE ESTABLECE.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia por la Secretaría de este Tribunal, con base a lo estipulado en la parte inicial del numeral 2° y lo previsto en el numeral 6°, ambos del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordanc.....