En tal sentido este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición planteada por el Abogado RAFAEL EDUARDO PADRON HERNANDEZ, Juez Titular del Juzgado antes mencionado, tomando como fundamento lo expresado por el referido funcionario todo de conformidad con el Artículo 84 del Código de Procedimiento, a tal efecto este Tribunal se avoca al conocimiento de la solicitud. Cúmplase.
Expídase copia certificada de la presente decisión y remítase con oficio al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En consecuencia se
fija para el tercer día de despacho siguiente a las 10:00 de la mañana para la práctica de la inspección solicitada.
La Jue.....