Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ACUERDA la prescindencia de los Jueces Escabinos a los efectos del Juzgamiento de la ciudadana ciudadana YANETH CAROLINA OSORIO MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº 12.703.202, por los delitos de Ejercicio Ilegal de la Profesión de la Medicina, previsto y sancionado en el artículo 114 ordinales 3, 4 y 5 de la Ley del Ejercicio de la Medicina, Oferta Engañosa, previsto y sancionado en el artículo 26 de la Ley Especial contra los Delitos Informáticos, y Lesiones Culposas graves, previsto y sancionado en el artículo 420 en relación con el numeral 2, del Código Penal, garantizándose la vigencia de una justicia expedita, sin dilaciones indebidas que permita a las partes ser oídos dentro de.....