III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda por DIVORCIO incoada por el ciudadano ELAUTERIO ENRIQUE COLINA CAMBERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.165.041, de este domicilio, contra la ciudadana ANA RAMONA COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.842.530, de este domicilio.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el Artículo 283 ibídem.
Se acuerda notificar a la parte actora de la presente decisión. Líbrese boleta.
Publíquese, regístrese y anótese en los libros respectivos.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los c.....