En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, de fecha, seis (06) de marzo de dos mil diecisiete (2017), la cual queda confirmada. SEGUNDO: Inadmisible el recurso de abstención o carencia interpuesto por, INVERSIONES NEWEAR CLASSIC, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha, 21 de mayo de 1998, bajo el N° 16, tomo 24-A-Cto.; contra la abstención de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, de pronunciamiento alguno en el trámite relativo a la solicitud de calificación de .....