III
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (POR DESAFECTO), interpuesta por los ciudadanos YUDERKYS SARAI FLORES AVILA y JEREMY ALEXANDER JIMENEZ CARBONE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-24.913.546 y V- 26.019.753, asistidos por el abogado GILBERTO ANTONIO SALAZAR RODRIGUEZ,, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 177.476. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vinculo matrimonial contraído en fecha 07 de octubre de 2022, por ante la Oficina de Registro Civil de la Oficina Subalterna Guacara de la Circ.....