DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES  SOCIALES incoada por la ciudadana FELICITA ZULEMA GUADALUPE RODRIGUEZ CORNEJO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V- 22.444.127.en contra de la empresa CERVECERIA NAIGUATA, sociedad mercantil, de este domicilio e inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital  y Estado Miranda, en fecha 29 de agosto de 1973 y modificada en fecha 31 de agosto de 1998 quedando anotada  bajo el No. 1, Tomo 385-A-sgdo,  SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-