Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo Accidental con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Inhibición formulada por el Dr. FREDDY BELISARIO CAPELLA, Juez Titular del Tribunal de Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, fundamentada en el supuesto previsto en el numeral 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena remitir de forma inmediata dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, copia certificada de la presente decisión al Juez Superior Marítimo inhibido FREDDY BELISARIO CAPELLA.