DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia Penal en sus funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, al ciudadano Naudy Jesús Rodríguez Perozo Titular de la Cedula de Identidad Nº 16.530.553, domiciliado en la Urbanización La Ruezga Norte, sector 1, Vera II, Casa sin numero, de Barquisimeto Estado Lara, por la comisión del delito de: Robo de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, todo ello de conformidad con el articulo 103 del Código Penal Venezolano en concordancia con los artículos 48 ordinal 1ero y 318 ordinal 3ro del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de la EXTINCION DE LA ACCION PENAL por muerte del acusado. Notifíquese a las partes, Regíst.....