declara INADMISIBLE por falta de legitimidad, la acción de Amparo Constitucional interpuesto por el abogado PANHORA MANZANILLA, Defensor Privado, quién señala actuar en su condición de Defensor de los ciudadanos MANUEL ALEJANDRO MALDE BRICEÑO, LERWIS JOSE HERNANDEZ ALAVAREZ, CARLOS EDUARDO PERALES VILLEGAS, ALEXANDER RAFAEL LUQUE BRICEÑO Y BRICEÑO JAHIBEL JESUS GIMENEZ AZACON, a quiénes se le sigue causa penal bajo el N° GP01-P-2016-0013372, llevada por el Tribunal en Función de Control N° 08 este Circuito Judicial Penal, y que se sustenta en lo estipulado en los artículos 44 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concatenación con el artículo 4 de Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, contra el Juez Octavo en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Publíquese, r.....