este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA; en consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de CINCO MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y UN BOLIVAR, CON NOVENTA CENTIMOS (Bs. 5.034.091,90)