DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado ANGEL ALBERTO COLMENAREZ TORRES, en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO FRUSTRADO, previsto en el artículo 453 numeral 3 en concordancia con el 425 y 80 del Código Penal. Con respecto a la pena accesoria prevista en el artículo 16 del Código Penal, se prescinde de su imposición, atendiendo el carácter vinculante establecido en sentencia Nº 2442 de fecha 21/12/2007 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese boleta de libertad plena, sólo por el presente asunto. Remítase copia certificada de la presente resolución anexa a oficio al Ce.....