III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal, administrando Justicia  en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR  la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara la ciudadana SIMONA RAMOS MUJICA, contra la sociedad mercantil TECNICA DE LIMPIEZA, S.R.L. (TENELIM), todos ya identificados.
SEGUNDO:   SE ORDENA  a la sociedad mercantil TECNICA DE LIMPIEZA, S.R.L. (TENELIM), cancelar a la ciudadana SIMONA RAMOS MUJICA, titular de la cedula de identidad N° 5.855.296, la cantidad de CIENTO DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO  BOLÍVARES CON 12/100 (Bs. 102.374,12), según los conceptos determinados en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada por resultar totalmente vencida en la presente causa.
Publíquese, Regístrese y déjese Copia Certificada.
LA JUEZ,
SADY CARDONA MORENO
EL SECRETARIO,
RAFAEL FLORES
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