Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Asimismo, se deja constancia de la devolución de los escritos de promoción de pruebas, por lo que en este acto se da por terminado el presente asunto, ordenándose el cierre informático y SU REMISIÓN A LA DIVISIÓN DE ARCHIVO JUDICIAL. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
JOSE REQUENA MATA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
MARCOS ROGELIO GIL
APODERADO JUDICIAL .....