Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Terminado el procedimiento, por abandono del trámite, en la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano YORMA GABRIEL RODRIGUEZ DURAN, titular de la cédula de identidad No. V-18.346.817 contra la entidad de trabajo ALFARERIA AGUA BLANCA, C.A.