En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1.- Se ADMITE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos, por la ciudadana MAURYN CHIQUINQUIRÁ MEDINA RODRÍGUEZ, portadora de la cédula de identidad Nro. V-8.503.369, representada por la abogada Yleny Durán Morillo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 91.732, contra el acto administrativo signado con el Nro CEPGM 210/2011, de fecha 09 de marzo de 2011 dictado por la COMISIÓN DE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA. En consecuencia se ordena notificar:
1.1.- A la Rectora de la Universidad Central de Venezuela, a los fines de dar cumplimiento al artículo 78 de la Ley Orgánica.....