Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda por DISOLUCION DE SOCIEDAD, intentada por ciudadano JESUS GUILLERMO GUILLEN GIRALDO, contra las ciudadanas FANNY GIRALDO DE GUILLEN, PAULA ANDREA GUILLEN GIRALDO y EDITH CAROLINA GUILLEN GIRALDO, antes identificado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 269 eiusdem.